Mercado único digital: una encuesta pone de manifiesto que los europeos conocen bien las normas contra el bloqueo geográfico injustificado.

Una encuesta del Eurobarómetro publicada ayer indica que tan solo unos meses después de haber comenzado la aplicación del Reglamento contra el bloqueo geográfico, la mitad de los ciudadanos de la UE tiene una noción general de las medidas de la UE para hacer frente a la discriminación injustificada por parte de los comerciantes. Sin embargo, es necesario trabajar más para lograr un conocimiento más amplio de los derechos digitales específicos consagrados en el Derecho de la UE, ya que solo el 29 % de los encuestados saben cuáles de ellos los afectan concretamente.

 

El vicepresidente responsable del Mercado Único Digital, Andrus Ansip, ha declarado: «Al prohibir el bloqueo geográfico injustificado el pasado mes de diciembre, dimos otro paso concreto para que los ciudadanos y las empresas de Europa obtengan el máximo y lo mejor de la era digital. Me complace ver ahora que los europeos disfrutan en gran medida de su nuevo derecho digital, que forma parte de un total de 35 nuevos derechos y libertades digitales creados por el mercado único digital al establecerse un nuevo entorno jurídico».

 

La comisaria responsable de la Economía y Sociedad Digitales, Mariya Gabriel, ha añadido: «Las nuevas normas que ponen fin al bloqueo geográfico injustificado benefician a los consumidores y a los comerciantes por igual, al ofrecer un acceso más equitativo a los productos y servicios en el mercado único de la UE. Las empresas que siguen restringiendo el acceso a los consumidores no hacen sino infringir la ley. La Comisión seguirá supervisando la situación para garantizar el cumplimiento de las normas».

 

Creciente interés por acceder a contenidos transfronterizos

 

La encuesta del Eurobarómetro publicada ayer forma parte de la evaluación permanente por la Comisión de las necesidades de los consumidores y las realidades del mercado en sectores actualmente no regulados, o solo regulados parcialmente, por las normas sobre el bloqueo geográfico. Esta evaluación se tendrá en cuenta en una primera revisión de las normas, prevista para marzo de 2020, que analizará si es necesario ampliar el ámbito de aplicación del Reglamento. Por ejemplo, la encuesta indica claramente que los contenidos audiovisuales y de otro tipo, facilitados por vía electrónica y protegidos por derechos de autor, tales como la transmisión y la descarga de música, los libros y los juegos electrónicos, se cuentan entre los contenidos más populares que buscan los consumidores a través de las fronteras. Este tipo de contenidos no se contempla en las normas actuales, pero es probable que merezca una atención específica en la legislación de la UE en un futuro próximo.

 

En particular, el número de usuarios de internet que intentan obtener acceso transfronterizo a algún tipo de contenidos casi se ha duplicado en los cuatro últimos años (del 8 % en 2015 al 15 % en 2019). Los tipos de contenidos más populares buscados a través de las fronteras son los audiovisuales (un 9 % de los encuestados) y la música (el 8 %). La encuesta indica también que es probable que esta tendencia continúe, impulsada especialmente por los jóvenes. El porcentaje de encuestados de entre 15 y 24 años que han intentado acceder a estos servicios a través de las fronteras casi duplica la cifra global (el 28 %).

 

Los motivos más comunes para tratar de acceder a estos contenidos son la falta de disponibilidad en el propio país (el 44 %), seguido de la búsqueda de una mayor oferta (el 39 %). La mayoría de quienes no intentaron tener acceso a contenidos destinados a usuarios de otro país de la UE estarían, con todo, interesados en hacerlo, sobre todo en el caso de los contenidos audiovisuales (el 31 %) y la música (el 29 %), con cifras aún más altas entre las generaciones más jóvenes.

 

Contexto

 

El Reglamento contra el bloqueo geográfico injustificado, que entró en vigor el 3 de diciembre de 2018, ataca las discriminaciones injustificadas de las ventas en línea por razón de la nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento de los clientes en el mercado interior. No obliga a los comerciantes a permitir el acceso a sus contenidos ni a vender o efectuar entregas en toda la UE, sino que prohíbe a los comerciantes discriminar a los consumidores por motivos de nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento si el comerciante ya presta sus servicios en su propio Estado miembro.

 

Este Reglamento forma parte de una serie de normas sobre el comercio electrónico destinadas a impulsar las ventas en línea transfronterizas en la UE, en beneficio de los consumidores, que disfrutarán de más posibilidades de elección y mayores garantías, pero también de los vendedores en línea. Concretamente:

 

Ya están en vigor la Directiva revisada sobre servicios de pago y las nuevas normas sobre los servicios de paquetería transfronterizos, que ofrecen una mayor transparencia en los pagos y en los precios en toda la UE.

El Parlamento Europeo y el Consejo han acordado recientemente una revisión de las normas de protección de los consumidores destinada a ofrecer una mayor protección a los consumidores al comprar en línea.

En enero de 2021 entrarán en vigor nuevas normas sobre el IVA aplicables a las ventas en línea de bienes y servicios, dirigidas a adaptar las medidas en materia de IVA a una economía cada vez más mundializada y digital. 

Gracias a la Estrategia para el Mercado Único Digital, los europeos también pueden acceder desde abril de 2018 a sus suscripciones en línea a películas, acontecimientos deportivos, libros electrónicos, videojuegos o servicios musicales cuando viajan a otro Estado miembro. Además, las nuevas normas harán que sea más fácil para los organismos de radiodifusión enriquecer su producción en línea transfronteriza, lo que permitirá a las personas elegir entre una mayor variedad de productos y acceder a los contenidos a través de las fronteras, y facilitará que prospere la cultura europea.

 

Puedes descargar el Eurobarómetro 2019 aquí